STS, 16 de Febrero de 1998

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Resumen


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Frases clave


Constando únicamente en los hechos probados como actos de fuerza e intimidación sobre los funcionarios los integradores de la acción típica ya sancionada de detención ilegal ("atarlos a unas rejas, dejándoles encerrados y privados de libertad, no sin antes anunciarles que les matarían si se desataban") y valorada ya como agravación específica su condición de funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, la sanción adicional por un delito de atentado carece de fundamento y resultaría atentatoria al principio "non bis in idem".

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Extracto


STS, 16 de Febrero de 1998

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