STS, 1 de Febrero de 2005

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


Mientras no recaiga la aprobación definitiva, se ignora el contenido y alcance de las determinaciones urbanísticas o si han quedado subsanados posibles defectos formales invalidantes, por lo que resulta lógico que, hasta entonces, no puedan impugnarse, y ello no produce indefensión alguna a la recurrente al estar legitimada para ejercer, una vez aprobadas definitivamente aquéllas, cualesquiera acciones, de que se crea asistida, contra ellas

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS, 1 de Febrero de 2005

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento