STS, 25 de Enero de 1996
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Resumen
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Frases clave
“ la determinación de la existencia o inexistencia de un incumplimiento contractual, la gravedad del mismo, su tipificación o no en alguno de los supuestos previstos por la ley (ante todo en el art. 54-2 del Estatuto de los Trabajadores), así como la entidad y trascendencia de tal incumplimiento son todas ellas cuestiones de carácter absolutamente particular e individualizado en las que es así imposible establecer generalizaciones o pautas válidas que puedan aplicarse a distintas situaciones, ya que la adopción de cada solución concreta depende fundamentalmente de las circunstancias, datos y elementos que en cada caso específico concurren, por lo que tal solución difícilmente puede ser trasladable a otro supuesto parecido, pero no exactamente igual. Cualquier divergencia o disparidad en esas circunstancias, datos o elementos puede ser la razón esencial por la que se aprecie o no la existencia o la gravedad del incumplimiento. ”
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Extracto
STS, 25 de Enero de 1996
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