STS, 23 de Octubre de 1992

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Frases clave


que las irregularidades formales en que aquellos puedan incurrir en la contratación temporal no transforman la relación laboral en indefinida en aras a los principios de igualdad de oportunidades y de mérito y capacidad que ha de respetarse en favor de todos los que deseen acceder a la función pública mediante el oportuno procedimiento de selección, principios consagrados en el art. 103-3 C.E.,

Extracto


STS, 23 de Octubre de 1992

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