STS, 21 de Marzo de 1997
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Resumen
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Frases clave
“ Aun suponiendo hipotéticamente que en el supuesto contemplado por la sentencia de contraste se hubiese invocado una causa organizativa, se debe hacer referencia al debate doctrinal relativo a si una descentralización productiva de la empresa a través de contratas tiene encaje en tal causa en todo caso o solo cuando concurren determinadas circunstancias; la solución correcta es la última en el sentido de que únicamente si se demuestra que la utilización de la contrata es un medio hábil para asegurar la viabilidad de la empresa o su competitividad puede jugar como causa legitimadora de la decisión extintiva, siendo decisorio que la descentralización constituya una medida racional en términos de eficacia de la organización productiva y nó un simple medio para lograr un incremento del beneficio empresarial. ”
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Extracto
STS, 21 de Marzo de 1997
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