STS, 19 de Noviembre de 2001

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Frases clave


La recurrida invoca que el Pacto, por el que se estableció el plazo de preaviso y consiguiente incremento de la indemnización caso de no cumplirse, se acordó en violación de lo dispuesto en la Instrucción de la Secretaría del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 17 de diciembre de 1.993 (B.O.E. de 31 de diciembre de 1.993) y que, por ello no puede ser de aplicación en el caso enjuiciado. Tal Instrucción se publicó en desarrollo de Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de diciembre por la que se dictaban instrucciones para uniformar y limitar la cuantía de las indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo de altos cargos y personal directivo del Sector Público Estatal. Limitaba las indemnizaciones por despido del personal directivo que no tenga la consideración de alta dirección de las empresas mercantiles del sector público estatal a la señalada en el Estatuto de los Trabajadores.

Extracto


STS, 19 de Noviembre de 2001

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