STS, 12 de Julio de 1993

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el artículo 232 del Texto Articulado de la Ley de Procedimiento Laboral, al utilizar la expresión de parte vencida en el recurso como causa de imposición de costas, ha de ser interpretado en el sentido de que vencido en el recurso es únicamente el recurrente cuya pretensión impugnatoria se desestima, pero no el perdedor de la oposición que sostiene los pronunciamientos de la sentencia recurrida, con lo que se acomoda la aplicación de dicho precepto a los antecedentes legislativos representados por los artículos 164 y 176 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral de 1.980 y a lo establecido en la casación civil y en la contencioso administrativa, por lo que procede, con estimación del presente recurso de casación para la unificación de doctrina

Extracto


STS, 12 de Julio de 1993

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