STS, 25 de Mayo de 2001

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


Esta es la solución que se impone en el presente caso , porque la parte demandante ha fundado su pretensión en el Derecho español y , al no resultar aplicable éste , aquélla ha de ser desestimada, pues carece de fundamento. Esta conclusión no pude obviarse por una aplicación indirecta del Derecho nacional como consecuencia del fracaso en la prueba del Derecho extranjero

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS, 25 de Mayo de 2001

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento