STSJ Cataluña , December 01, 2004
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“ como consecuencia de un proceso de fusi?n y absorci?n, dos empresas o grupos empresariales dedicados a la misa actividad pasan a constituir una ?nica entidad. El grupo absorbente tiene su central administrativa y de almac?n en Benetusser (Valencia) y el grupo absorbido en Barber? del Vall?s donde prestaba sus servicios el actor. La unificaci?n de los dos centros de decisi?n empresarial y de los dos almacenes centrales en uno solo es una decisi?n que contribuye a una mejor organizaci?n de los recursos as? como al buen funcionamiento de la empresa, garantizando su posici?n competitiva en el mercado, pues a partir del momento de la fusi?n dos entidades que funcionaban de forma separada, con sus propios m?todos de gesti?n y organizaci?n, pasan a funcionar de una forma integrada y coordinada. Si a ello a?adimos que los resultados del grupo Daniela eran negativos, seg?n se recoge en el hecho probado 17?, la decisi?n de cerrar el centro de Barber? del Vall?s, aunque la extinci?n del contrato de trabajo del actor no se haya basado principalmente en causas econ?micas, contribuye a una mayor eficacia y racionalidad de la actividad empresarial. ”
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