STS, 12 de Diciembre de 1997

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Frases clave


En los hechos probados de la sentencia recurrida claramente se indica que hubo una reyerta con agresiones mutuas entre el trabajador despedido y otro de la empresa, lo que dio lugar a la incoación de diligencias penales. Estas diligencias se incoaron por lesiones y amenazas concluyendo definitivamente por sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de la Coruñ de 10 de Septiembre de 1996 resultando condenado por una falta de lesiones un trabajador de la empresa que no era el despedido y absueltos de la falta de amenazas los demás imputados en la causa. Por tanto, esta sentencia absuelve al demandante en el juicio de despido de una falta de lesiones pero no declara inexistente el hecho ni la participación del imputado en la reyerta tal y como se indica en el relato fáctico de la sentencia recurrida y como se precisa con todo detalle en la carta de despido a la que aquél relato se remite.

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Extracto


STS, 12 de Diciembre de 1997

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