STS, 30 de Abril de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ la sentencia, al reconocer el carácter de fija-discontinua a la demandante por haber prestado servicios en la guardería abierta por el Ayuntamiento demandado, cuando su relación fue la propia de un contrato de trabajo temporal por obra o servicio determinado, puesto que la operatividad de la guardería dependía de las necesidades de cada temporada y de la asignación económica que pudiera conceder la Diputación Provincial para sostenerla, no acomodó su fallo a la doctrina unificada por esta Sala. ”
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Extracto
STS, 30 de Abril de 2001
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Documentos citados
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos 12, 15
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículo 217
- Real Decreto 2104/1984, de 21 de Noviembre, </strong>por el que<strong> se regulan diversos contratos de Trabajo de Duracion determinada y el Contrato de Trabajadores fijos discontinuos.
- STS, 10 de Diciembre de 1999
- Real Decreto 2104/1985, de 7 de noviembre, </strong>por el que<strong> se asciende al empleo de General de Brigada de Ingenieros al Coronel de Ingenieros, Diplomado de Estado Mayor, don José María Millán Morera de la Vall.