STS, 5 de Febrero de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ la suspensión del plazo de caducidad tiene carácter excepcional pudiendo solo actuar en los supuestos taxativamente previstos en la ley, como es la presentación de la preceptiva reclamación previa o solicitud de conciliación extrajudicial, de ahí que los supuestos de interrupción del plazo de caducidad son de interpretación estricta; ”
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Extracto
STS, 5 de Febrero de 2002
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 24
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos : 59
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