STSJ Asturias , 18 de Febrero de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ Al regular las condiciones esenciales de la demanda, el artículo 80 de la repetida ley rectoral de esta jurisdicción exime a su autor de toda carga de fundamentación jurídica, confiando a los poderes oficiales de la instancia la completa provisión normativa del litigio. El ejercicio de las acciones puede así consistir escuetamente en la aportación de datos fácticos y alegación de la causa o causas de pedir. Tal ha hecho el demandante acumulando ilegalmente en su instancia la acción de despido a otra radicada en la cesión ilegal de trabajadores que invoca y en cuyo análisis vuelve a insistir en el recurso. ”
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Extracto
STSJ Asturias , 18 de Febrero de 2000
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Documentos citados
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos 43, 49
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 27, 28, 81, 88
- Código Civil - Artículo 6
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 3, 238, 260