STS, 20 de Febrero de 1996
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
Frases clave
“ Es cierto que la sentencia recurrida contiene consideraciones que son contrarias en algunos puntos a la doctrina de estas sentencias, pero, como se ha señalado con reiteración, la contradicción del artículo 217 de la Ley de Procedimiento Laboral no surge de un comparación abstracta de doctrinas, sino que requiere una oposición concreta de los pronunciamientos en controversias sustancialmente iguales (sentencias de 25 de enero y 2 de febrero de 1996) y aquí -de poder realizarse la comparación lo que no es posible por lo ya dicho- sería evidente la ausencia de esa identidad por las razones ya examinadas, aparte de que el problema formal de la identificación de la vacante no se plantea en estas sentencias, pues una no se refiere a él y la otra lo hace, pero para precisar que estaba especificado el puesto de trabajo y la situación de vacante del mismo. ”
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
STS, 20 de Febrero de 1996
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículo 15
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 217, 233
- Código Civil - Artículo 6
- Real Decreto 2104/1984, de 21 de Noviembre, </strong>por el que<strong> se regulan diversos contratos de Trabajo de Duracion determinada y el Contrato de Trabajadores fijos discontinuos. - Artículo 2