STS, 21 de Diciembre de 2000

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Resumen


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Frases clave


no es óbice el que esta Sala haya decretado la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina que se interpuso contra el primero de los litigios, pues, no existiendo litispendencia entre ambas causas, tampoco se producirá el efecto negativo de la cosa juzgada. Y, por otra parte, debemos enjuiciar la situación tal y como se hallaba en el momento de dictarse la sentencia de suplicación.

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Extracto


STS, 21 de Diciembre de 2000

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