STS, 23 de Marzo de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ el Fondo de Garantía Salarial en los casos de insolvencia, suspensión de pagos, quiebra o concurso de acreedores abonará las indemnizaciones reconocidas como consecuencia de sentencia o resolución administrativa a favor de los trabajadores a causa de despido o extinción del contrato de trabajo y, aunque el supuesto en el que la indemnización ha sido fijada por auto no se menciona expresamente en el precepto citado, hay que concluir que ese supuesto debe asimilarse a la fijación de la indemnización por sentencia. ”
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Extracto
STS, 23 de Marzo de 2000
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Afectaciones
APLICA
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos : 33.2 32.2 33
- Código Civil - Artículos : 3
Documentos citados
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos 32, 33
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 68, 279, 284
- Código Civil - Artículo 3
- Ley 32/1984, de 2 de agosto, sobre Modificacion de determinados articulos de la Ley 8/1980, de 10 de Marzo, del Estatuto de los Trabajadores.
- STS, 1 de Junio de 1999