STS 493/2000, 27 de Marzo de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ En el presente caso la Sala no considera probado que el acusado al cometer el delito estuviera en estado de intoxicación ni estado de abstinencia. Así lo declara, complementando el relato histórico, en el Fundamento de Derecho Tercero. Pero sí considera probado que la cronicidad, antigüedad e intensidad de su drogadicción había llegado a producirle una merma de sus facultades intelectivas y volitivas; merma o limitación que expresamente califica de "leve". A partir de ahí rechaza la Sala la aplicación de la atenuante ordinaria de drogadicción del número 2° del artículo 21 al no estar motivado por ella el delito cometido ”
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Extracto
STS 493/2000, 27 de Marzo de 2000
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 24.2
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos : 20
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 5 5.4
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 20, 21, 550, 551, 552
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 849