Orden ITC/2765/2005, de 2 de septiembre, por la se modifican los anexos I, II, y IV del Real Decreto 948/2003, de 18 de julio, por el que se establecen las condiciones mínimas que deben reunir las instalaciones de lavado interior o desgasificación y despresurización, así como las de reparación o modificación, de cisternas de mercancías peligrosas.
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Orden ITC/2765/2005, de 2 de septiembre, por la se modifican los anexos I, II, y IV del Real Decreto 948/2003, de 18 de julio, por el que se establecen las condiciones mínimas que deben reunir las instalaciones de lavado interior o desgasificación y despresurización, así como las de reparación o modificación, de cisternas de mercancías peligrosas.
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 149
- REAL DECRETO 1337/1999, de 31 de julio, </strong>por el que<strong> se regula la remisión de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y reglamentos relativos a los servicios de la sociedad de la información.
- REAL DECRETO 842/2002, de 2 de agosto, </strong>por el que se aprueba<strong> el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
- REAL DECRETO 948/2003, de 18 de julio, </strong>por el que<strong> se establecen las condiciones mínimas que deben reunir las instalaciones de lavado interior o desgasificación y despresurización, así como las de reparación o modificación, de cisternas de mercancías peligrosas.
- REAL DECRETO 2115/1998, de 2 de octubre, sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera.