STS, April 25, 2002

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la Ley de Procedimiento Laboral al requerir que el escrito de formalización del recurso contenga "... fundamentación de la infracción legal cometida en la sentencia impugnada", y así se deduce del art. 205 de la propia ley, amén de que son aplicables los artículos 477.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil a tenor literal el recurso ha de fundarse en la infracción de las normas aplicables para resolver las cuestiones objeto del proceso, y 481.1 y 3 de la misma Ley que exige que en el escrito de interposición del recurso se expongan, con la necesaria extensión, sus fundamentos. El incumplimiento de esta exigencia constituye causa de inadmisión según el art. 483.2.2° de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y de acuerdo con lo declarado por la Sala en múltiples sentencias y autos de inadmisión, entre las que cuentan las sentencias de 10 de octubre de 1992, 16 de julio de 1993, 3 de febrero de 1998 y 4 de julio de 2000.

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