STS, 12 de Febrero de 2001

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Resumen


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Frases clave


Por mas que la Tesorería General de la Seguridad Social tenga personalidad jurídica diferenciada y su competencia se extienda a todo el territorio nacional, no se puede desconocer que se trata de un ente dotado de órganos periféricos -Direcciones Provinciales y Administraciones y Unidades de Recaudación incluidas en las mismas- que tienen sus competencias recaudatorias territorialmente limitadas", lo que lleva a dichas sentencias a inclinarse decididamente por la aplicación del artículo 8°.3 de la nueva Ley de esta Jurisdicción.

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Extracto


STS, 12 de Febrero de 2001

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