Real Decreto 1410/1977, de 17 de junio, por el que se desarrolla lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley General de la Seguridad Social sobre faltas y sanciones a los Farmacéuticos titulares de Oficinas de Farmacia en su actuación en la Seguridad Social.
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Real Decreto 1410/1977, de 17 de junio, por el que se desarrolla lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley General de la Seguridad Social sobre faltas y sanciones a los Farmacéuticos titulares de Oficinas de Farmacia en su actuación en la Seguridad Social.
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