SAP Girona 737/2000, 28 de Noviembre de 2000

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Frases clave


Este Tribunal comparte el expresado criterio mayoritario al entender que la resolución judicial atributiva del uso de la vivienda a uno de los cónyuges dictada en el curso de un proceso matrimonial, afecta simplemente a tal uso, pero no a la titularidad en base a la cual éste se produzca, por lo que la misma vendrá sometida a los avatares que puedan afectar a tal derecho en base al que se usaba ya antes del referido pronunciamiento.

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