SAP Madrid 458/2004, 22 de Julio de 2004

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Resumen


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Frases clave


La cuestión planteada exige una aproximación en función del precepto aplicable, art. 140 del TRLPI. En el mismo se establece una alternativa a la solicitud de indemnización por parte del perjudicado por los daños y perjuicios sufridos, bien solicitar el beneficio que hubiera obtenido de no mediar la utilización ilícita, o bien solicitar la remuneración que hubiera percibido de haber autorizado la explotación, ambas opciones parecen orientadas a satisfacer una remuneración compensatoria, aplicable en los supuestos de copias para uso privado, no aplicables al caso presente, tal y como establece la resolución recurrida, ya que los establecimientos dedicados a la realización de reproducciones de obras, no están amparados por la excepción de copia para uso privado del copista.

Se excluye así el supuesto de remuneración compensatoria, aplicable a la copia para uso privado del copista, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 del TRLPI.

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Extracto


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