STS 611/2001, 14 de Junio de 2001

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Resumen


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Frases clave


En el caso de ejecución judicial o administrativa se notificará de oficio al arrendador la mejor postura ofrecida en la subasta, o en su caso, la cantidad por la que el ejecutante pretenda la adjudicación. La aprobación del remate o de la adjudicación quedará en suspenso hasta que transcurra el plazo señalado para el ejercicio del derecho de tanteo

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Extracto


STS 611/2001, 14 de Junio de 2001

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