STS 827/1998, 18 de Septiembre de 1998

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Resumen


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Frases clave


Pues bien en el presente caso se han realizado obras para instalar una conducción de aguas que atraviesa la finca de la parte recurrida por medio de instalación subterránea de tuberías durante un tramo de 45 metros, y prescindiendo del interés social de tal obra, que pudiera tenerlo, la misma, se ha realizado sin haberse acreditado que se hayan seguido los procedimientos expropiatorios necesarios y que se haya dado o prometido la indemnización correspondientes, provocándose, con ello, un ataque frontal a un derecho individual reconocido constitucionalmente, con lo que se han causado perjuicios y se han modificado configuraciones, que deben ser reparados o reestablecidos

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Extracto


STS 827/1998, 18 de Septiembre de 1998

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