STS 859/1999, 20 de Octubre de 1999

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Resumen


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Frases clave


Dicha subsunción, debe llevar inequívocamente a la conclusión que las referidas opiniones, vertidas en el climax propio de una campaña política, entre rivales políticos, no pueden suponer en momento alguno una vulneración al derecho al honor. Sobre todo cuando el contenido de las mismas no indica una apuesta grave o desmerecedora, que está absolutamente alejada de una imputación grave, y que perfectamente podía haber sido contestada dentro de la campaña electoral, por la persona pública afectada.

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Extracto


STS 859/1999, 20 de Octubre de 1999

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