STS 548/1998, 12 de Junio de 1998
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Frases clave
“ Unicamente cabría su revisión casacional si se hubieran combatido los parámetros sobre los que reposa el cálculo de la indemnización. Y en este caso ni se han operado las mutaciones de tales parámetros, ni tampoco cabría hacerlo, puesto que la indemnización de 6.000.000 pesetas concedida a la actora por la intromisión ilegítima causa en su honor parece racional, teniendo en cuenta que el carácter no público de quien la sufrió hace de intensidad media la ofensa, que no llegó a transcender a todos los lectores de la publicación, por lo demás, de mediana difusión. ”
Extracto
STS 548/1998, 12 de Junio de 1998
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Documentos citados
- Ley Orgánica de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen (Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo) - Artículos 7, 9
- Constitución Española de 1978 - Artículos 18, 20
- Código Civil - Artículo 1252
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículo 1692