STS 77/2000, 29 de Enero de 2001

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Resumen


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Frases clave


Operando sobre tan incuestionables realidades, eliminada la presencia de una circunstancia cualificadora del asesinato como es la Premeditación, permaneciendo la Alevosía en la acción desarrollada sobre uno de los sujetos pasivos -la esposa del acusado condenado- y la agravante de abuso de superioridad en la conducta realizada respecto a la otra víctima -cuñdo de aquél- no queda sino concluir que los hechos han de ser calificados como un Delito de Allanamiento de Morada en concurso ideal con un Delito de Asesinato cualificado por la Alevosía y con un Delito de Homicidio en el que concurre la agravante de Abuso superioridad.

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Extracto


STS 77/2000, 29 de Enero de 2001

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