STS 401/1997, 13 de Mayo de 1997

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


se desestima pues la sentencia traída a casación no ha vulnerado ninguna de las normas indicadas, ya que el poder para pleitos inicialmente presentado por la recurrida es suficiente y no precisa de inscripción en la hoja abierta a cada sociedad en el Registro Mercantil, y la deficiencia achacada al representante de ésta no guarda relación con el litigio y, como precisa la sentencia de instancia, la falta de inscripción de la autorización conferida a su favor en nada puede perjudicar a terceros, y, por último, la doctrina expresada en las resoluciones citadas no guarda relación con la coyuntura del debate y, por consiguiente, no es de aplicación al mismo.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS 401/1997, 13 de Mayo de 1997

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento