STS, 3 de Febrero de 1998

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


Se hecha de menos que en la instrucción de las Diligencias, y dadas las manifestaciones de los tres acusados acerca de su adicción a las sustancias estupefacientes, no se hubiese realizado un informe médico sobre la dependencia a tales sustancias. El principio de igualdad, constitucionalmente reconocido, obliga a otorgar iguales consecuencias en orden a su capacidad de culpabilidad a quienes, por los datos que obran en la causa y por lo que se infiere de los fundamentos jurídicos, complementando a los hechos que se declaran probados, presentan similar situación de dependencia al consumo de sustancias psicotrópicas, que por su gravedad, permiten extender a este recurrente los razonamientos expresados respecto a los otros dos acusados acerca de la apreciación como muy calificada de la atenuante analógica de eximente incompleta por su adicción al consumo de anfetaminas.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS, 3 de Febrero de 1998

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento