STS 5/2008, 21 de Enero de 2008

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Resumen


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Frases clave


El ánimo presente en la acción del acusado en esta causa es el propio del dolo eventual, que es hábil integrar el delito de homicidio del art. 138 Cpenal; por lo que, en efecto, en la sentencia de instancia se produjo una infracción del art. 142 Cpenal, indebidamente aplicado; subsanada de un modo cuestionable en segunda instancia, con la aplicación, sin embargo correcta, del art. 138 Cpenal.

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Extracto


STS 5/2008, 21 de Enero de 2008

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