STS 102/2008, 7 de Febrero de 2008

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Frases clave


Conocido de todos es cómo el engaño bastante constituye el requisito fundamental en esta clase de infracción penal. Ha de haber ante todo una actuación mendaz realizada por el sujeto activo del delito frente a quien luego, por el error así inducido, realiza un acto de disposición patrimonial

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Extracto


STS 102/2008, 7 de Febrero de 2008

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