STS 27/2008, 23 de Enero de 2008
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Resumen
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Frases clave
“ Las razones de su incomparecencia carecen de apoyatura legal y resultan incompatibles con el mismo contenido del hecho probado. La construcción de un error invencible de prohibición sobre inexistentes bases fácticas es un artificio legal que no resiste su contraste con el principio de legalidad y con la actuación concreta de la acusada. La propia sentencia establece las bases de la condena al afirmar que ya había sido convocada en otras ocasiones y que había concurrido, lo que no explica ni justifica su ausencia en el acto electoral para el que había sido convocada. No existió error de prohibición ni vencible ni invencible sino simplemente una superposición de sus intereses personales, absolutamente injustificados e injustificables, sobre el deber cívico de concurrir al llamamiento electoral. Por los antecedentes, tenemos la convicción de que tenía conocimiento de que su conducta no era ajustada a la norma que conocía a la perfección por sus anteriores llamamientos y sabía las consecuencias de su inasistencia. ”
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Extracto
STS 27/2008, 23 de Enero de 2008
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