STS 362/1998, 14 de Marzo de 1998
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Resumen
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Frases clave
“ En el presente supuesto, es cierto que los delitos de Hurto y Estafa tienen en común que el apoderamiento se produce sin la voluntad del propietario, conseguido, en el primer caso, sin la anuencia y en el segundo con la anuencia obtenida mediante engaño. Sin embargo, la Apropiación Indebida exige que esa anuencia sea consciente y voluntaria, produciéndose el apoderamiento "a posteriori" al no devolverse el depósito, destinarlo a fin distinto de la comisión o no responder a la administración encomendada. ”
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Extracto
STS 362/1998, 14 de Marzo de 1998
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