STS, 2 de Enero de 2001
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Frases clave
“ ni hay motivos para reprochar, como error de apreciación, a la declaración de hechos probados de la Sentencia recurrida, que se haya guardado silencio sobre la toxicomanía del acusado, ni ha incurrido el Tribunal "a quo" en infracción legal por no aplicarle la circunstancia de exención incompleta de la responsabilidad criminal invocada, como tampoco la de drogadicción simple prevista en el artículo 21.2° del C.Penal. ”
Extracto
STS, 2 de Enero de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 20, 21
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 2, 746, 849, 850