STS 1592/1998, 16 de Febrero de 1999
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Resumen
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Frases clave
“ En el supuesto enjuiciado existe una prueba de cargo tan evidente como son las declaraciones de ambas víctimas que de modo coherente y sin fisuras o contradicciones de ningún género, aseveran en los diferentes momentos procesales de la causa, incluido el esencial del juicio oral, tanto la forma o manera de realizarse las acciones sexuales, como la identidad de los agentes comisores a quienes reconocieron sin dudas de clase alguna, llegándose incluso a la certeza de que uno de los acusados desistió de continuar acosando a la víctima cuando ésta le indicó que tenía el sida. En cuando al otro inculpado, amén del reconocimiento de la víctima, existen las declaraciones de los otros coimputados que le señlan indubitadamente como partícipe directo y coautor de las acciones enjuiciadas. ”
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Extracto
STS 1592/1998, 16 de Febrero de 1999
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 5, 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 3, 9, 10, 14, 41, 70, 429, 430
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 1, 489, 741, 849, 851, 859, 884