STS 654/2002, 17 de Abril de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ , la esencia de la conducta típica está constituida por el abuso de la mayoría en beneficio propio y exclusivo. El delito ha sido calificado como especial y de peligro concreto que no exige la existencia de un perjuicio real (agotamiento), bastando para su consumación la adopción del acuerdo abusivo. La interdicción del abuso se endereza a sancionar aquellos actos que sobrepasen manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, por su intención, objeto o circunstancias ”
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Extracto
STS 654/2002, 17 de Abril de 2002
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Afectaciones
APLICA
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos : 291 28 248 250.2
- Código Civil - Artículos : 7.2
Documentos citados
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 28, 248, 250, 291, 293, 295
- Código Civil - Artículo 7
- Ley de Sociedades Anónimas (Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre)
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 849, 901