STS, 31 de Enero de 1994

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Resumen


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Frases clave


Se quiere apoyar en las declaraciones vertidas por los testigos en el juicio oral, olvidando que tales manifestaciones (que no permiten ni mucho menos la conclusión que se sustenta) no pueden servir de soporte válido para la denuncia casacional que a través de dicho artículo se hace ahora. Las declaraciones testificales constituyen actos personales documentados aunque lo sean bajo la fé judicial, nunca adquieren el caracter de "literosuficiencia" respecto de su contenido intrinseco que la prosperabilidad de la reclamación exige. El motivo también ha de ser desestimado, de la misma manera que igualmente, y por carecer de fundamento, debió ser inadmitido cuando el trámite.

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Extracto


STS, 31 de Enero de 1994

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