STS 756/2002, 30 de Abril de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ no puede prosperar pues el error valorativo que autoriza este motivo casacional exige, entre otros requisitos, que el dato contradictorio acreditado documentalmente sea importante en cuanto tenga virtualidad para modificar alguno de los pronunciamientos del fallo, pues si afecta a elementos fácticos carentes de tal virtualidad el motivo no puede prosperar ya que, como reiteradamente tiene dicho esta Sala, el recurso se da contra el fallo y no contra los argumentos de hecho o de Derecho que no tienen aptitud para modificarlo ”
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Extracto
STS 756/2002, 30 de Abril de 2002
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 2, 18
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre)
- Código Civil - Artículo 1253
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 1, 2, 849, 851