STS 245/1999, 18 de Febrero de 1999

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Resumen


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Frases clave


Deshechada la relación de causalidad entre la vigilancia del interior abierto del inmueble y la interceptación de quienes más tarde incriminaron en sus declaraciones a la acusada, ninguna duda cabe respecto de la licitud y validez de dichos testimonios como pruebas de cargo, máxime si se advierte que uno de los testigos de cargo no fue observado haciendo intercambio alguno, no fue interceptado a la salida del lugar y tampoco le fue intervenida droga alguna, sino que compareció voluntaria y espontáneamente en las dependencias policiales para denunciar a la acusada como la persona que le vende la heroína que consume, declaración que ratifica ante el Juez de Instrucción en comparecencia también voluntaria y que ratifica en el acto del Juicio Oral con todas las garantías de oralidad, publicidad, inmediación y contradicción exigibles.

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Extracto


STS 245/1999, 18 de Febrero de 1999

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