STS 1039/1999, 22 de Junio de 1999
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Frases clave
“ Tiene raz?n el recurrente por cuanto el relato f?ctico no declara probado los presupuestos que permiten la aplcaci?n de la circunstancia de agravaci?n, y aunque en la fundamentaci?n de la sentencia se exprese que no han transcurrido los plazos del art. 118 del c?digo para entender cancelados los antencedentes penales, esa declaraci?n es insuficiente para la aplicaci?n de la agravaci?n al no expresarse los datos necesarios de la misma, tales como condena anterior, delito, y fecha. ”
Extracto
STS 1039/1999, 22 de Junio de 1999
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Documentos citados
- Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo) - Artículo 29
- Constitución Española de 1978 - Artículos 24, 120, 126
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 8, 9, 10, 61, 344
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 248, 443
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 52, 283, 714, 717, 741, 849, 851