STS, 7 de Octubre de 1997

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Resumen


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Frases clave


En el caso que nos ocupa, la realidad o existencia de esas pruebas es cuestión verdaderamente incontestable, ya que: el comprador de la droga, y también encausado (recurrente anterior), fué sorprendido en posesión de la misma cuando salía del domicilio del que ahora impugna, manifestando en todo momento que fué a éste a quien se la compró; otra prueba evidente es el resultado de la diligencia de entrada y registro efectuada en dicho domicilio, con todas las garantías legales (esto ni se ha discutido), que nos revela el hallazgo en el mismo de una determinada cantidad de substancias estupefacientes que pertenecía, sin lugar a dudas, a este encausado.

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Extracto


STS, 7 de Octubre de 1997

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