STS 951/1999, 14 de Junio de 1999

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careciendo el acta confeccionada del valor probatorio atribuible a las diligencias practicadas bajo la f? p?blica judicial, el valor probatorio del resultado del registro debe deducirlo el tribunal sentenciador, como as? lo hace expresamente, no del acta sin? de la prueba practicada en el juicio,

Extracto


STS 951/1999, 14 de Junio de 1999

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