STS, 18 de Febrero de 1994
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Resumen
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Frases clave
“ Se trata de una prueba referida a lo que es el hecho fundamental que se enjuicia, esto es, la existencia de la droga, su tenencia compartida y, por último, la declaración testifical en cuanto a la actividad desplegada con anterioridad por los dos acusados en cuanto a la venta de droga se refiere. ”
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Extracto
STS, 18 de Febrero de 1994
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 849, 851