STS, November 27, 1998

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Dado que la intervención del teléfono del acusado no ha sido utilizada, en parte alguna, como prueba de cargo frente al mismo, no cabe apreciar infracción relevante de su derecho de defensa por el hecho de que no se incorporase su resultado a las actuaciones, pues consta suficientemente, a los efectos de su utilización, a "sensu contrario", por la defensa, que la totalidad de las conversaciones fueron de carácter familiar, sin referencia alguna a cualquier intervención en el hecho delictivo investigado.

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