STS, 12 de Noviembre de 1998
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Resumen
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Frases clave
“ La indefensión con efectos constitucionales y , en consecuencia, la lesión de los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 24 de la Constitución Española, se produce únicamente cuando el interesado, de modo injustificado, ve cerrada la posibilidad de impetrar la protección judicial de sus derechos o intereses legítimos -Tribunal Constitucional 70/1984-, o cuando la vulneración de las normas procesales, lleva consigo la privación del derecho a la defensa, con el consiguiente perjuicio real y efectivo para los intereses del afectado. ”
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Extracto
STS, 12 de Noviembre de 1998
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 28, 368
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 655, 714, 793, 849
- STC 59/1998, 16 de Marzo de 1998
- LEY 36/1995, de 11 de Diciembre, sobre la Creacion de Un fondo procedente de los Bienes decomisados por trafico de Drogas y Otros delitos relacionados. - Artículo 4