STS 1393/2000, Tuesday September 19, 2000

Linked as:


Summary


No longer available (Autolink)

Key phrases


Se ha dicho reiteradamente por la jurisprudencia de esta Sala, que la fundamentación fáctica se entiende cumplida cuando contiene una referencia suficiente y explícita sobre el nombre de la persona sospechosa, actividades a las que se dedica, número de teléfono a través del cual realiza sus conversaciones y posibles contactos con los que se puede establecer comunicación. Todos estos datos figuran tanto en el oficio policial como en el auto cuestionado, por lo que nada tenemos que oponer a su validez. Asimismo la fundamentación jurídica es atinada y pertinente, por lo que se cumplen los requisitos exigidos por la ley y por los principios constitucionales.

See the full content of this document

Extract


STS 1393/2000, Tuesday September 19, 2000

No longer available (Autolink)

See the full content of this document