STS, 16 de Enero de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ El vicio denunciado, según constante doctrina de esta Sala, requiere la existencia de falta de comprensión de lo que se manifiesta por el Tribunal, bien por el empleo de frases ininteligibles, por omisiones, existencia de juicios dubitativos, falta de supuesto fáctico o cuando se limita a describir meramente el resultado de las pruebas sin hacer afirmación alguna, requiriéndose igualmente que dicha incomprensión esté en relación directa con la calificación jurídica y que suponga un verdadero vacío o laguna en la relación histórica de los hechos. ”
“ Nada de esto sucede en el presente caso. El hecho probado no permite albergar duda o incomprensión alguna desde el punto de vista de su ulterior subsunción bajo el tipo penal aplicado y en este sentido no es posible aislar, como hace el recurrente, determinados retazos de la descripción histórica desconociendo el conjunto de la misma. ”
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Extracto
STS, 16 de Enero de 2001
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero)
- Constitución Española de 1978 - Artículos 24, 117
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 5, 14, 28, 29, 368, 369
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 741, 849, 851, 852, 901