STS 624/2002, 10 de Abril de 2002
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Frases clave
“ en el barco existen áreas propias y reservadas al ejercicio de la intimidad personal, que son precisamente las únicas protegidas por el derecho fundamental consagrado en el artículo 18.2 de la Constitución. Las demás zonas de la embarcación, destinadas a otras finalidades, no gozan de la protección que la Constitución dispensa al domicilio, ”
Extracto
STS 624/2002, 10 de Abril de 2002
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 18.2 18.1 10.1
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos : 21.5 376 21
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 5.4
Documentos citados
- Ley Orgánica de Represión del Contrabando (Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre)
- Constitución Española de 1978 - Artículos 10, 18, 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 21, 376
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 23
- STC 283/2000, 27 de Noviembre de 2000