STS 789/2002, 30 de Abril de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ Sin embargo, esta larga relación de sentencias de esta sala puede inducir a engaño, pues en la mayoría de los casos la tesis absolutoria no prosperó ante la frecuencia con que se han venido realizando, particularmente en esa década de 1990, las alegaciones de existencia de delito provocado cuando lo que en realidad había era una actuación legítima del policía que obraba, no para incitar a la comisión de un delito aún no existente, ni siquiera en preparación, sino para averiguar la realidad de uno que ya se estaba cometiendo (o preparando) y que se logra descubrir precisamente por ese obrar del funcionario en el ejercicio lícito de las obligaciones de su cargo. ”
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Extracto
STS 789/2002, 30 de Abril de 2002
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 24 24.2 120.3 9.3
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 5.4
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 9, 24, 120
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 268, 368, 369
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 248
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 726, 849, 851, 852, 901